El Supremo confirma la sanción a un abogado que incluyó en el encabezamiento de un escrito los antecedentes penales de la parte contraria Las afirmaciones incluidas en la contestación de la demanda no guardaban relación con el ejercicio del legítimo derecho de defensa

Por: María González Villasevil E l Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la libertad de expresión de los abogados en el ejercicio de la actividad de defensa , fallando al respecto que la conducta del letrado consistente en añadir, al identificar a la parte contraria en un escrito procesal de un procedimiento civil, unos datos, no cuestionados, referidos a su situación procesal en un procedimiento penal y en un procedimiento de carácter administrativo, es constitutiva de infracción. Así ha fallado la Sala de lo Contencioso confirmando la sanción impuesta a un abogado que actuó de manera inadecuada porque al referirse a los demandantes en un procedimiento civil, incluía en el encabezamiento de su escrito de contestación a la demanda datos relativos a condenas o investigaciones penales que afectaban a estos. La sentencia, disponible en el botón ‘descargar resolución’, da la razón al Colegio de Abogados de Pamplona y al Consejo General de la Abo...